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Viernes, 10 de Octubre de 2025

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Cotizaciones

¿Cómo tributa el rénting del vehículo?

Adquirir un vehículo mediante rénting se ha convertido en una de las opciones preferidas por los profesionales y los particulares, representa ya más del 25% de las nuevas matriculaciones en España. Por ello, es clave conocer la tributación de esta fórmula.

¿Cómo tributa el rénting del vehículo?



Adquirir un vehículo mediante rénting se ha convertido en una de las opciones preferidas por los profesionales y los particulares, representa ya más del 25% de las nuevas matriculaciones en España. Por ello, es clave conocer la tributación de esta fórmula.


En IVA. En el caso de los autónomos y empresas, el IVA soportado en las cuotas es un gasto deducible, si bien deberán demostrar que el vehículo adquirido mediante renting está directamente afecto a su actividad económica. Dependiendo del sector al que se dediquen, podrá minorarse el 50% o el 100% del IVA soportado, por lo que conviene revisar las peculiaridades del CNAE.


En el Impuesto sobre Sociedades. En el caso de las sociedades, las cuotas del rénting del vehículo son plenamente deducibles en el IS, siempre que se cumplan los requisitos de registro y el gasto esté debidamente justificado. La deducción incluye tanto la cuota por el uso como los servicios asociados, como el seguro o el mantenimiento.


¿Y el leasing? Las empresas y los profesionales que opten por la opción del leasing (alquiler con opción a compra) también pueden deducir las cuotas, además de aplicar una amortización acelerada para mejorar su resultado contable, si bien pasado cierto tiempo podrían quedar obligados a adquirir el vehículo.


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